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El gobierno eliminó el cobro del derecho de autor por reproducir música y películas en el ámbito privado
El Gobierno redefinió el concepto de “representación” y “ejecución pública” de las piezas artísticas. En San Pedro lo abonaban quienes alquilaban los salones.
Fecha de publicación: 31/08/2024 11:10 Hs.
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El gobierno eliminó el cobro del derecho de autor por reproducir música y películas en el ámbito privado

El Gobierno hizo una modificación radical que desregula el cobro de los 

derechos de autor. Por decreto, el presidente Javier Milei resolvió que las canciones, películas y otro tipo de obras artísticas que se reproduzcan en ámbitos privados dejarán de pagar por el uso de la propiedad intelectual.

La medida se publicó en el Boletín Oficial, a través del decreto 765/2024. Técnicamente, el texto cambia lo que se entiende por “representación o ejecución pública” de las obras musicales, cinematográficas, dramáticas y literarias, cuya reproducción suele implicar un cobro, ya que requiere ser autorizada por su autor o las entidades gestoras del régimen de propiedad intelectual.

El decreto sustituye la reglamentación anterior -el decreto N°41.223/34- de la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual, y establece una definición más precisa o restrictiva para su uso libre, sin que implique un pago para los autores. De ahora en más, la “representación o ejecución pública” solo será aquella la que se reproduzca en un “espacio de acceso público, libre y dirigido a una pluralidad de personas”.

“No existe representación o ejecución pública cuando la misma se desarrolla en un ámbito privado, sea este de ocupación permanente o temporal”, señala la medida, de manera taxativa.

El decreto lleva la firma de Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona. Contempla además el impacto de los medios tecnológicos en el régimen de propiedad intelectual.


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